Publicado el: 23 Dic 2014

El río Trubia será de "especial conservación" desde Proaza hasta su encuentro con el Nalón

Mapa del ámbito territorial del ZEC del río Trubia

Mapa del ámbito territorial del ZEC del río Trubia

La medida afectará a las talas de ribera, a la pesca fluvial y a las actividades turísticas y de ocio

F. Romero. Trubia.-  A partir del 12 enero la cuenca baja del río Trubia, desde Proaza hasta su encuentro con el Nalón, en Trubia, sera Zona de Especial Conservación (ZEC). Los límites de la ZEC incluyen la aliseda que cubre las márgenes del río, continua pero desestructurada, y reducida, en general, a una hilera de árboles en cada orilla y la protección de su fauna. La medida limitará actividades de tala, de ocio y turísticas y de pesca fluvial. Además habrá vigilancia en materia de vertidos.

Este Instrumento de Gestión tiene como finalidad «salvaguardar la integridad ecológica de la ZEC Río Trubia y su contribución a la coherencia de la Red Natura 2000 en el Principado de Asturias».

Para lograr estos fines, el documento fija como objetivo el establecimiento de medidas activas y preventivas necesarias para mantener o restablecer, según el caso, el estado de conservación favorable de los tipos hábitat naturales, taxones, aves, procesos ecológicos y elementos naturales que alberga esta ZEC. Las competencias para la gestión de la ZEC Río Trubia recaen en el Principado, que es competente en materia de espacios protegidos.

Las actividades y proyectos que afecten al río deberán someterse al trámite de evaluación ambiental y al trámite de Evaluación Preliminar de Impacto Ambiental.

En el ámbito de aplicación del instrumento de gestión se encuentran presentes 2 hábitat de interés comunitario y 10 especies Red Natura (9 taxones de fauna y una especie de ave).

Las principales presiones y amenazas que sufre son la fragmentación por apertura de pistas,el aprovechamiento forestal a matarrasa, la instalación de infraestructuras diversas (telecomunicación u otras), los incendios forestales, la ocupación de las vegas por infraestructuras, industrias y edificaciones residenciales, que resta superficie a la recuperación del área de distribución de este hábitat y la tala y posterior roturación para el aprovechamiento agrícola del suelo de las riberas fluviales.

También suponen riesgo para esta zona de protección las obras de defensa de márgenes y encauzamientos de ríos y la proliferación de especies vegetales exóticas invasoras.

Por este motivo se limitarán las talas de arbolado, así como la roturación y ocupación de sus biotopos para otros usos y sólo se autorizarán aprovechamientos sostenibles y talas por entresaca. Además se promoverán técnicas de bioingeniería en sustitución de las obras de encauzamiento de cauces mediante escollera de cualquier tipo.

Para preservar a fauna se evitarán vertidos contaminantes a los cauces mediante la vigilancia fluvial. Habrá limitaciones espaciales y temporales o de intensidad de uso a determinadas actividades turísticas, recreativas, deportivas y culturales, con el fin de evitar interferencias significativas con el ciclo biológico de las especies consideradas.

En cuanto a la pesca fluvial, la normativa de pesca considerará el estado de las poblaciones estableciendo los correspondientes cupos de captura, zonas de veda, modalidades de pesca, períodos hábiles, etc.

Accede aquí al texto íntegro de la normativa

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La Voz del Trubia