Publicado el: 21 Feb 2017

Piden cárcel a un jefe de relevo de la mina de Carlés por la muerte de un trabajador

La Fiscalía solicita 3 años y 6 meses de cárcel para el acusado, por un accidente laboral en la mina de oro de Salas que le costó la vida a un joven de 35 años

Mina de oro en la que sucedió el accidente, en Salas

Redacción/Grado

La Fiscalía del Principado de Asturias solicita tres años y seis meses de prisión para un jefe de relevo de la mina de oro de Carlés, en Salas, por la muerte de un trabajador de 35 años, ocurrida en noviembre de 2011.

El accidente tuvo lugar sobre las 5,20 horas del día 22 de noviembre de 2011, en la mina de oro de Carlés, en Salas, cuando el trabajador fallecido se encontraba en una de las galerías junto a dos compañeros, uno al mando de una mini retro y otro al volante de un camión. «En un momento dado, el conductor de la mini retro, que realizaba funciones de saneado de las paredes de la galería tras el desescombro, dio marcha atrás a la máquina (no se pueden hacer maniobras en la galería) y no se percató de la presencia del camión, golpeándole. Tras el golpe, el trabajador se acercó a comprobar lo ocurrido, indicándole al conductor que aparcara el camión», señala la Fiscalía. El joven se introdujo entre los dos vehículos, y el freno del camión falló, quedando atrapado entre los dos vehículos, que estaban «en terreno embarrado y en cuesta».

Según sostiene la Fiscalía, el accidente se debió a una avería que había sufrido el camión, que anuló uno de sus mecanismos de seguridad. «El acusado, jefe de relevo en el turno en el que se detectó la avería del equipo de trabajo, jefe directo y máximo garante de la seguridad de los trabajadores, priorizó la puesta en funcionamiento de dicho equipo (el camión) y permitió la utilización del mismo con conocimiento de que se habían alterado los mecanismos de seguridad y de que, por tanto, el mecanismo de accionamiento del freno de estacionamiento no actuaba conforme a lo indicado en el manual de operario del vehículo», señala la Fiscalía, que no piden ninguna indemnización para los padres del joven, sus familiares directos, porque ya la recibieron. Considera que los hechos son constitutivos de un delito contra la vida y salud de los trabajadores, por lo que considera que se condene al acusado a 3 años y 6 meses  de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de jefe de relevo durante el tiempo de la condena y abono de las costas. El juicio se celebrará mañana en Oviedo.

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