Publicado el: 13 Oct 2017

Sobre mi sueldo como alcaldesa de Teverga

María Amor ÁLVAREZ ARDURA

Con respecto a mi sueldo quiero aclarar una serie de cuestiones:

Efectivamente se ha producido un error en la tramitación administrativa del expediente, no obstante yo no he participado de ninguna manera en su tramitación, esta fue realizada por la Secretaria del Ayuntamiento.

Quiero dejar claro también que mi sueldo fue aprobado en el pleno de julio de 2015 y se siguió la tramitación administrativa, saliendo a exposición pública sin que nadie formulase alegaciones al mismo, ni siquiera el Grupo Socialista se opuso. Lamentablemente no se publicó la aprobación definitiva del expediente.

Eso es todo: no nos encontramos ante ningún procedimiento de prevaricación a los que nos tienen tan acostumbrados los distintos responsables del PSOE tevergano, con distintas condenas suficientemente conocidas, siendo esta la verdadera causa de todo este revuelo. No es más que una cortina de humo para ocultar los distintos desmanes generados por su propio partido, colocación de la hija del alcalde, utilización de tarjeta del ayuntamiento para fines privados, Cooperativa, Palacio de Valdecarzana ,etc.

Cierto que hubo una tramitación defectuosa , como cierto es también que llevo desde el primer día  e incluso un mes antes de cobrar sueldo dedicándome exclusivamente al cargo, razón por la que cobro un salario como cualquier otro trabajador, por cierto el mismo que cobraba en mi ocupación habitual y ello a pesar de que las horas de dedicación no son comparables. Quizá el PSOE local defiende los trabajos sin remunerar, o quizás peor aún, niegue la igualdad de las mujeres trabajadoras, ya que desde que accedí al cargo son continuos los ataques no solo por mi condición de rival político si no por mi condición de mujer.

Quiero insistir que en su momento ni el PSOE formuló alegaciones al salario.

Y añadir que la jurisprudencia en la materia, en supuestos similares al que nos ocupa valora si ha habido o no dedicación exclusiva y si ha existido o no perjuicio para el municipio, por lo que si como en el caso que nos ocupa se cumplen esos dos requisitos se considera que no procede la devolución de lo cobrado por esa mera deficiencia en la tramitación, ya que de lo contrario se consideraría un enriquecimiento injusto de la Administración.

 

 

 

 

Comentarios:
  1. Pepa dice:

    Pues mejor te ocupabas de hacer tu trabajo como alcaldesa mirar por el bien del concejo ,mirar por los vecinos del mismo escuchar sus problemas y poner soluciones. MENOS «AMIGUISMOS» Y MAS PROFESIONALIDAD porfavor una alcaldesa debe ser parcial ante todos. Por el momento como alcaldesa de teverga vales bien poco….

Deje su comentario

La Voz del Trubia