Publicado el: 20 Abr 2020

A la huerta, máximo dos personas y en el mismo pueblo o parroquia

Delegación de Gobierno aclara a la Federación de Concejos los límites para atender a cultivos para el autoconsumo, permitidos de forma «excepcional» si son «imprescindibles para atender la subsistencia»

Los huertos comunales, como estos de Grado, quedan explícitamente fuera de la autorización, según señala Delegación de Gobierno

Redacción/Grado

Los huertos de autoconsumo, no de ocio, pueden ser atendidos pero con limitaciones, pese al confinamiento. Tras la petición de los sindicatos agrarios y de la Federación Asturiana de Concejos, la Delegación de Gobierno en Asturias ha aclarado hoy cómo afecta el Real Decreto que regula el estado de alarma al cultivo de los huertos de autoconsumo. Según estas indicaciones, en principio la atención a los cultivos por parte de profesionales agrícolas está claramente amparada por la normativa, mientras que «en los restantes supuestos, el desplazamiento para el cuidado o la recolección de huertos particulares o de autoconsumo no tiene la consideración de actividad incursa en ninguno de los casos contemplados en dicho artículo, por lo que con carácter general no se encuentra autorizado«, Sin embargo, sí es admisible «en aquellos casos en los que, en atención a la situación socioeconómica del interesado, el consumo del producto de los mismos resulte imprescindible para atender a su subsistencia. En todo caso, todos los desplazamientos se realizarán con observancia de las normas dictadas por la autoridad competente para garantizar la protección de la salud y la seguridad de los ciudadanos». Y hay además condiciones, sugeridas por la FACC y que no entran en contradicción con las instrucciones de aplicación del decreto:  «Ha de tratarse de actividades imprescindibles en huertos familiares cuyos productos están destinados exclusivamente al autoconsumo; los desplazamientos a este tipo de huertos se realizarán únicamente dentro del núcleo o parroquia rural en que se encuentre la vivienda a la que está asociado el huerto y las tareas deben ser realizadas por un máximo de dos personas que tendrán que cumplir en todo momento las normas dictadas por la autoridad competente para garantizar la protección de la salud y la seguridad de los ciudadanos». Quedan fuero de la autorización los huertos colectivos, municipales o comunitarios.

Comentarios:
  1. Manuel dice:

    Si son imprescindibles para atender la subsistencia. Muy buena contestación. Cómo se mide?
    Lamentable estos gobernatnes

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