Publicado el: 21 Jul 2020

El TSJA confirma la absolución del alcalde y cuatro ediles de Somiedo

La sentencia mantiene el fallo previo de la Audiencia Provincial y concluye que no cometieron prevaricación en el nombramiento de juez de paz

El alcalde de Somiedo, junto a su abogado y otros miembros de su equipo llegando a la Audiencia Provincial, para la vista oral por el nombramiento de juez de paz

Redacción/Grado
El alcalde de Somiedo, Belarmino Fernández Fervienza, y cuatro concejales del PSOE, han sido absueltos del delito de prevaricación por el nombramiento de juez de paz del concejo. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) confirma un fallo anterior de la Audiencia Provincial. El ponente, el magistrado José Ignacio Pérez Villamil, comparte el razonamiento de la resolución apelada de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial que ahora se confirma íntegramente, «pues no de toda ilegalidad  o disconformidad a derecho de un acto administrativo necesariamente ha de concluirse su carácter prevaricador». Para el TSJA «el delito exige que además de ilegal sea arbitrario, injusto, y que el funcionario público autor lo dicte a sabiendas de su injusticia» lo que a su juicio «no es el caso, según el razonado criterio de la Audiencia que la parte apelante trata, sin éxito, de sustituir por el suyo propio, lógicamente interesado y, sobre todo, partiendo de bases fácticas no acreditadas».
La Sala Civil y Penal hace referencia a la sentencia del contencioso-administrativo que anuló en su día, por disconformidad a Derecho, dos actos administrativos concretos dictados en el proceso selectivo para Juez de Paz titular y suplente de Somiedo, la resolución por la que se convocaba la plaza y el decreto del Alcalde por el que se declara la incompatibilidad para el desempeño del puesto de dos de las solicitantes. En este sentido recuerda que, aunque dicha sentencia aprecia una presunta desviación de poder en las intenciones del alcalde a la hora del nombramiento, ya el propio fallo del contencioso «vendría a restaurar el orden jurídico alterado». La sentencia de la Sala Civil y Penal, que no es firme, puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

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