El TSJA desestima el recurso del ayuntamiento de Teverga contra la sentencia que cuestionaba el plan de empleo

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El alcalde de Teverga entregando un premio, ayer, en Proaza
El alcalde de Teverga entregando un premio en Proaza

El tribunal da la razón a CCOO, que impugnó el proceso selectivo en el que resultó como única candidata la hija del alcalde

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha desestimado el recurso planteado por el ayuntamiento de Teverga y confirma la primera sentencia en favor del sindicato CCOO, que había denunciado el proceso selectivo para la provisión de becas y contratos programa de primera experiencia laboral de jóvenes titulados con compromiso de contratación elaboradas por el Ayuntamiento de Teverga, en las que resultó como única candidata la hija del Alcalde, Belarmino Arias.

Concretamente se impugnaron varias resoluciones de la alcaldía, una  de ellas, por no justificar la necesidad de una concreta titulación Ingeniero técnico forestal, y según la sentencia “perjudicando con la misma las expectativas generadas a los jóvenes titulados desempleados por una convocatoria para cubrir plazas del Plan de Empleo Local”.

Otra por restringir la búsqueda de candidatos/as a tan solo el ámbito municipal de Teverga, lo que “resulta la vulneración de los principios constitucionales que deben regir toda convocatoria de acceso a un empleo público”.

 Otra por el sistema utilizado para la baremación de méritos de la aspirante “ya que debió hacerse previamente a conocer los concretos méritos aducidos por aquella concursante y evitar así la quiebra de los principios de publicidad, igualdad y objetividad en el acceso”.

 También por no poseer la candidata, hija del alcalde, la titulación exigida en materia de Prevención de Riesgos laborales “teniendo un claro efecto discriminador, al igualar indebidamente a quien se encuentra en periodo de formación para adquirir unos conocimientos que le son requeridos para participar en el proceso selectivo con aquella persona que por haber culminado tal formación ya reúne el requisito exigido”.

 

Según la Sentencia del TSJ que no tiene recurso, se confirma la sentencia  de primera instancia en todos sus términos condenando además a este Ayuntamiento a las costas procesales.

Cabe recordar que por este asunto, el Juez de primera instancia ya acordó remitir copia del expediente al Ministerio Fiscal por si la actuación del Alcalde de Teverga pudiera ser constitutiva de delito penal.

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