Personalizar las preferencias de consentimiento

Usamos cookies para ayudarle a navegar de manera eficiente y realizar ciertas funciones. Encontrará información detallada sobre cada una de las cookies bajo cada categoría de consentimiento a continuación.

Las cookies categorizadas como “Necesarias” se guardan en su navegador, ya que son esenciales para permitir las funcionalidades básicas del sitio web.... 

Siempre activas

Las cookies necesarias son cruciales para las funciones básicas del sitio web y el sitio web no funcionará de la forma prevista sin ellas.Estas cookies no almacenan ningún dato de identificación personal.

No hay cookies para mostrar.

Las cookies funcionales ayudan a realizar ciertas funcionalidades, como compartir el contenido del sitio web en plataformas de redes sociales, recopilar comentarios y otras características de terceros.

No hay cookies para mostrar.

Las cookies analíticas se utilizan para comprender cómo interactúan los visitantes con el sitio web. Estas cookies ayudan a proporcionar información sobre métricas el número de visitantes, el porcentaje de rebote, la fuente de tráfico, etc.

No hay cookies para mostrar.

Las cookies de rendimiento se utilizan para comprender y analizar los índices de rendimiento clave del sitio web, lo que ayuda a proporcionar una mejor experiencia de usuario para los visitantes.

No hay cookies para mostrar.

Las cookies publicitarias se utilizan para entregar a los visitantes anuncios personalizados basados ​​en las páginas que visitaron antes y analizar la efectividad de la campaña publicitaria.

No hay cookies para mostrar.


La fiscalía pide 8 años de inhabilitación para Mino Álvarez

Inicio Teverga La fiscalía pide 8 años de inhabilitación para Mino Álvarez
Se acusa al exalcalde de un delito de prevaricación por favorecer presuntamente a su hija

Belarmino Álvarez, hoy ante la colegiata de Teverga
Belarmino Álvarez ante la colegiata de Teverga

La Fiscalía del Principado de Asturias solicita 8 años de inhabilitación especial para el cargo de alcalde o de concejal para un ex alcalde de Teverga, Belarmino Álvarez, al que acusa de un delito de prevaricación del artículo 404 del Código Penal. La vista oral se celebrará en el Juzgado de lo Penal número 1 de Oviedo el 18 de octubre de 2016.

El Ministerio Fiscal sostiene que el acusado, en su condición de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Teverga, y con la intención de favorecer a su hija a fin de que ésta se beneficiara obteniendo una beca para la realización de prácticas no laborales durante seis meses en el Ayuntamiento, con compromiso de posterior contratación laboral durante otros seis meses, dictó unas resoluciones, restringiendo injustificadamente las posibilidades de acceso de otros posibles candidatos a la beca y el contrato en cuestión.

En una nota difundida hoy por la Fiscalía, señalan que: «contraviniendo los principios de igualdad y publicidad en el acceso a un empleo público, dictó una resolución el 26 de agosto de 2013 aprobando las bases reguladoras del proceso selectivo para la provisión de becas y contratos del programa de primera experiencia profesional-prácticas profesionales no laborales de jóvenes titulados con compromiso de contratación, en cuyo apartado 2 estableció: La selección se realizará por medio del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, que remitirá los candidatos disponibles en la Oficina de Empleo de Teverga para los perfiles ocupacionales demandados. De esta forma, se suscitaba la posibilidad de considerar que el proceso selectivo se restringía a los inscritos en esa Oficina de Empleo».

Con posterioridad, -añade la nota de prensa-  «sin justificación ni motivación suficiente, dictó una resolución el 10 de septiembre de 2013 acordando solicitar al Servicio Público de Empleo un ingeniero técnico con la especialidad en Forestal, que era precisamente el título del que disponía su hija».

Prosiguen señalando que iIniciada la selección, «solo concurrió una candidata, su hija, que el 25 de septiembre de 2013 resultó propuesta por la Comisión constituida a tal fin, de modo que el mismo día 25 de septiembre de 2013 el Ayuntamiento de Teverga y la mujer suscribieron un acuerdo para el desarrollo de prácticas no laborales durante seis meses, percibiendo la joven una beca mensual de 426 euros. Posteriormente, el 31 de marzo de 2014, ambas partes firmaron un contrato de trabajo en prácticas durante otros seis meses».

Las mencionadas resoluciones de 26 de agosto de 2013 y de 10 de septiembre de 2013, junto con otras a las que no se refiere este escrito, fueron impugnadas ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa por el sindicato CCOO de Asturias, dando lugar al Procedimiento Abreviado …/… del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Oviedo. En dicho procedimiento recayó sentencia de 21 de mayo de 2014, por la que se declaró «la disconformidad a Derecho de los actos administrativos impugnados y su nulidad, acordando al propio tiempo remitir testimonio de la sentencia y copia del expediente administrativo al Ministerio Fiscal para que, en su caso, ejercitase las acciones penales que se estimara fueran procedentes». Esta sentencia fue confirmada íntegramente en apelación por otra de 22 de diciembre de 2014 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de prevaricación del artículo 404 del Código Penal y solicita que se condene al acusado a 8 años de inhabilitación especial para el cargo de alcalde o concejal, junto con el abono de las costas procesales.

Deja un comentario

La dirección de email no será publicada.