Redacción/Santo Adriano
Varapalo judicial al caso de los 55 despedidos de la fábrica de armas de Trubia. El Tribunal Supremo ha dictado un auto en el que rechaza analizar las cuentas oficiales de Santa Bárbara Sistemas correspondientes al año 2012, una contabilidad que avala que cuando se presentó el ERE las pérdidas de la empresa eran de 11.000 euros, una cantidad muy inferior a la que justificó los despidos. La decisión judicial se apoya en que la defensa de los trabajadores debía haber solicitado con anterioridad en el proceso que se analizara esa documentación, y no hacerlo cuando ya hay sentencia y el asunto está en casación. El Supremo destaca que a estas alturas del procedimiento judicial sólo cabría introducir nueva documentación si se tratara de sentencias firmes que sentaran jurisprudencia y fueran relevantes para el caso, o si se tratara de «documentos decisivos» que no hubieran podido ser materialmente presentados con anterioridad. Y concluye que en el caso del ERE de Santa Bárbara el informe de auditoría de las cuentas fue depositado en el Registro Mercantil con anterioridad a la celebración del juicio, por lo que podía haberse aportado durante el mismo.
Los trabajadores consideran que se trata de una decisión que no responde a la realidad de lo sucedido, por lo que consideran «sorprendente» la decisión judicial de no admitir la documentación, tal como habían pedido CC OO, UGT y el comité de empresa de la fábrica de La Coruña.
«Las cuentas demuestran que la empresa perdió 11.000 euros en lugar de los 69 millones con los que plantearon el ERE. Dichas cuentas fueron aprobadas por el Consejo de Administración de Santa Bárbara el día 13 de febrero de 2013, un día antes de comunicar a los sindicatos el inicio de los trámites del ERE. Dichas cuentas fueron registradas y por tanto estuvieron disponibles cinco semanas después del juicio de la Audiencia Nacional, tal y como certificó el Registro Mercantil de Madrid», señalan los trabajadores, que destacan que cuando el Supremo afirma que las cuentas estaban disponibles antes del juicio, se refiere a una notificación que hizo la empresa, anunciando su presentación, pero «dicha notificación al Registro no es pública».
La decisión del Supremo complica la vía legal para tumbar el ERE que dejó en la calle a 55 trabajadores de las fábricas de armas de Oviedo, tras la fusión de La Vega y Trubia.
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