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La Fiscalía pide cárcel y 6.480 euros por reformar una cabaña en Salas

El acusado solicitó licencia para retejar y edificó una vivienda en una vieja construcción agraria ubicada en Arroxo, en zona de especial protección

Redacción/Grao

La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena de un acusado de ampliar una cabaña y dotarla de uso residencial en Arroxo, Salas, en suelo no urbanizable y de especial protección. En concreto, el Ministerio Público solicita una condena de un año y seis meses de cárcel, y una pena de multa de 12 meses, a 18 euros al día, lo que supone una sanción de 6.480 euros, además del derribo de la edificación. 

La Fiscalía sostiene que «el acusado, siendo consciente de que su propósito era una intervención general con cambio de uso y aumento de volumetría, y dado que esto no le podía ser autorizado, solicitó el 22 de julio de 2010 permiso de obra para retejar una cabaña», ubicada en Arroxo, con un presupuesto de 700 euros. La parcela era suelo no urbanizable, de especial protección y colindante con el Lugar de Interés Comunitario del río Narcea, por lo que tenía expresamente prohibido  «toda actividad, edificación o cambio de uso, que pueda implicar la transformación  del destino o naturaleza o lesione el valor específico que debe protegerse, natural, ecológico, paisajístico, cultural o agrario. Están permitidos los específicos de protección, conservación y mejora, los usos tradicionales agropecuarios y forestales, que mantengan sus actuales superficies e intensidades evitando el deterioro de las condiciones ecológicas protegidas».

Pese a ello, acometió una rehabilitación «sobre la vieja cabaña, con superficie útil construida de 107,28 m2, distribuidos en 49,35 m2 en planta baja, porche de 8,58 m2 y planta altillo de 49,35 m2, dotando a la misma de servicios residenciales tales como fosa séptica e instalaciones de cocina, enseres y camas en altillo sobre planta baja, preinstalación eléctrica, de fontanería y televisión, con colocación de grupo electrógeno con potencia de 2.500 W. Con altura de la edificación de 2,50 m en planta baja y misma altura en cumbrera de altillo con laterales de 1,50 m interior en los aleros de la cubierta a dos aguas, con altura de alero exterior de 4,02 m». Construyó también un «zuncho perimetral de hormigón, para apoyo de pontones de cubierta, sobre hiladas de ladrillo hasta una altura libre de 1,50 m sobre muro de piedra, en interior», así como «solera de hormigón en planta baja, interior y porche, con escalera y altillo con forjado de madera sobre estructura principal y secundaria de madera de pino, cerramiento en piedra y ladrillo en sustitución de madera en pared lateral posterior y media pared trasera, con tejado en cubierta de dos aguas, en madera, con cubrición de teja mixta» y una «arqueta de conexión para servicio de parcela y vivienda, con abastecimiento de agua desde ladera del Monte Courio». El coste de las obras ejecutadas por el acusado asciende a 18.691,20 euros.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito contra la ordenación del territorio y solicita que se condene al acusado a 1 año y 6 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, 12 meses de multa, a razón de 18 euros al día, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago e inhabilitación especial para ejercer profesión o actividad relacionada con la promoción o construcción de edificaciones durante 12 meses. Además, el Ministerio Fiscal solicita que se ordene al acusado que proceda, bien a la demolición íntegra, bien a la adecuación a la legalidad urbanística, debiendo de presentar en el plazo máximo de un mes desde la firmeza de la sentencia condenatoria el proyecto ante el ente local, y comenzar las obras en el plazo máximo de 6 meses desde tal fecha.

 

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