La representación vecinal complica la gestión de los parques naturales

El reglamento estará listo en junio, con varios meses de retraso, tras escuchar a los ayuntamientos sobre cómo incluir a los propietarios en los órganos rectores

Cartel indicador del Parque de Las Ubiñas – La Mesa

Redacción/Grado

La última modificación de la ley sobre parques naturales obliga a incluir en los órganos de gestión a los propietarios cuyos derechos se ven directamente afectados. El cambio, que fue aprobado el pasado 24 de noviembre, tras una propuesta impulsada por Foro Asturias en la Junta General, tenía que estar ya operativo, ya que en principio se le daban al Gobierno tres meses para desarrollar el reglamento que permitiera su implantación. No ha sido posible, según reconoce el consejero de Infraestructuras, Fernando Lastra, por la complejidad de dar representación a los propietarios. lo que requiere reformar los instrumentos de gestión (IGIS) de los espacios protegidos. «Esta reforma aún no ha sido realizada, fundamentalmente por las dudas que la distinta forma de distribución de la propiedad en los distintos parques suscita», señala el consejero, en una respuesta al grupo parlamentario de Foro. Para avanzar en la definición de cómo dar cabida a los propietarios, la consejería ha recogido las propuestas de los ayuntamientos afectados. Lastra destaca que «la norma indica con precisión que la representación en el órgano rector del parque se haga proporcionalmente a la superficie, y que en todo caso no sobrepase el 49 por ciento de dicho órgano rector. Por ello, se está estudiando la mejor forma de dar el desarrollo reglamentario óptimo a esta ley, el cual está previsto completar en el primer semestre del año en curso«, es decir, antes del verano. En Somiedo, por ejemplo, el Pleno propuso que de los siete representantes de los propietarios sean seis en nombre de los 38 pueblos del concejo y uno en representación de las tres parroquias rurales existentes, una distribución con la que discrepa la oposición, que pide que las tres parroquias rurales somedanas tengan representación.

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