Amor Ardura: «Confío en la Justicia, estoy muy tranquila»

La alcaldesa de Teverga, que declaró hoy en el Juzgado de Grado por su sueldo, considera que la querella interpuesta por el PSOE «es una venganza» política

«Trabajo a dedicación completa y cobro 1.348 euros al mes; no cobrar por un error administrativo supondría un enriquecimiento injusto de la Administración»

La alcaldesa de Teverga, María Amor Álvarez Ardura

Redacción/Grado

La alcaldesa de Teverga, María Amor Álvarez Ardura, declaró hoy por la mañana en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Grado en el marco de la querella por presunta prevaricación administrativa interpuesta por el Grupo municipal Socialista. El PSOE denunció que el sueldo de la regidora se aprobó sin habilitar previamente la partida presupuestaria y se hizo efectivo antes de su publicación en el BOPA.

María Amor Álvarez Ardura aseguró tras su declaración que está «muy tranquila» y que confía en la Justicia», y enmarcó la querella en «una venganza impulsada por el anterior alcalde, que fue inhabilitado».

«Trabajo con dedicación exclusiva y tengo un sueldo de 1.348 euros, sin dietas ni gasolina ni ningún otro gasto. Mi sueldo no lo aprobé yo, lo aprobó el Pleno, con informes favorables de la secretaria municipal de entonces. No cobrar por un error en la tramitación supondría un enriquecimiento injusto de la Administración. Tengo derecho a cobrar por mi trabajo, como todo el mundo», aseguró la alcaldesa, que destacó que hay en marcha «una revisión de oficio del expediente». «Es un procedimiento que está en manos del secretario, una tramitación que yo no tutelo», resumió Álvarez Ardura, que considera «increíble tener que defender este sueldo por desarrollar un trabajo».

La jueza también citó a declarar al entonces secretario, que en 2016 hizo un informe en el que consideraba que el Pleno en el que se había fijado el salario era nulo de pleno derecho. Según la providencia judicial, al funcionario se le cita como testigo “para que manifieste a quién dio cuenta del mismo”. El caso cuenta ya con antecedentes legales, pero en el ámbito administrativo, no penal, con una sentencia de 14 marzo de 2017 del juzgado de lo contencioso nº5 de Oviedo y el Dictamen del Consejo Consultivo de 7 de septiembre de 2017, que consideraron el Pleno que fijó el sueldo nulo de pleno derecho.

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