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¿Qué es el IVA?

El Impuesto sobre el Valor Añadido, popularmente conocido como I.V.A., es un tributo que afecta a todos. Si eres un autónomo o empresario, tienes que recaudarlo y liquidarlo a Hacienda. Pero, si eres un ciudadano particular, eres quien lo paga finalmente, es decir, el sujeto tributario.
Porque se trata de un impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios. En este sentido, es diferente del I.R.P.F., ya que este grava de manera directa la renta que obtienes por tu trabajo, mientras que el I.V.A. se recauda cuando haces una transacción comercial de productos o servicios. No obstante, este tributo tiene tres tipos impositivos.

 

Tipos de I.V.A.

Si eres un autónomo, como te decíamos, eres el encargado de recaudar este impuesto para la Agencia Tributaria. Por ello, debes llevar un control riguroso de tus compras y ventas. Para estas últimas, puedes elegir por ejemplo un programa facturación gratis que te ayude a registrarlas ordenadamente.
Pero a todos nos interesa más saber cuáles son los tipos impositivos de I.V.A. en España. Desde 2012, fecha en que el tributo sufrió su última reforma, hay principalmente tres, que son los siguientes:

  • General: como su propio nombre indica, es el más común por aplicarse a la mayoría de productos y servicios que adquieres. Por ejemplo, los electrodomésticos, el material de oficina o las facturas de profesionales independientes. Su cuantía es el 21 % de la base imponible, es decir, de lo que realmente pagas por estos artículos.
  • Reducido: también hay un tipo reducido del 10 % para productos de consumo habitual y relativamente necesarios. Por ejemplo, la mayoría de los alimentos, la vivienda, el transporte colectivo de pasajeros o la cosmética y productos de higiene personal.
  • Superreducido: es el tipo más bajo de I.V.A. Se aplica a artículos de primera necesidad como medicamentos; alimentos básicos como pan, leche o frutas, y otros productos sanitarios y para la tercera edad.

¿Cómo se calcula el I.V.A.?

Si eres autónomo, también te interesa saber cómo debes calcular el I.V.A. para hacer el ingreso del mismo en Hacienda. Cada tipo de comercio tiene ciertas peculiaridades. Por ello, lo mejor es que recurras a profesionales como Ayuda T Pymes para que te asesoren.
No obstante y en líneas generales, el cálculo del impuesto se hace mediante la fórmula de restar el I.V.A. soportado del repercutido. Es decir, que debes tomar el I.V.A. total que has cobrado a tus clientes y restarle el que tú habías pagado al adquirir los productos que les has vendido. El resultado es lo que debes ingresar a Hacienda.
Por ejemplo, has cobrado en tus facturas en concepto de I.V.A. 5000 euros. En cambio, cuando adquiriste esos productos que has vendido, pagaste en concepto del tributo 4700. El resultado es que tendrías que pagar a la Agencia Tributaria la cantidad de 300 euros.
En conclusión, el Impuesto sobre el Valor Añadido es un tributo de naturaleza indirecta que todos pagamos al adquirir un producto o un servicio.

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