Varela (PSOE) interviene en el pleno de ayer
Redacción / Grado
Al equipo de Gobierno de Grado (IU) no le ha sentado nada bien la sentencia favorable al portavoz de Ciudadanos José Ramón González sobre la regulación de los cobros de dietas por asistencia a comisiones. El pleno había aprobado en junio de 2019 que la dieta por asistencia a comisiones informativas fuera de 50 euros, con una limitación de 100 euros por concejal y día, para todos los grupos políticos. González recurrió al juez la medida, ya que es el único grupo municipal con un solo concejal y se consideraba discriminado.
«El concejal de ciudadanos, al que le debe parecer insuficiente esta cantidad, presentó una demanda contra el acuerdo plenario. El juez le da la razón, tirando por tierra la soberanía del Pleno municipal para fijar las cuantías por asistencia a las mencionadas comisiones. Respetamos la sentencia, pero no la compartimos», señalan desde el gobierno local.
Desde el equipo de gobierno se entiende y se defiende como razonable la cantidad de 50 euros por comisión y la limitación de 100 euros diarios y ponen un ejemplo para justificarlo: «el 22 de octubre se celebraron 4 comisiones (interior, cuentas, urbanismo y servicios sociales) con una duración total de 20 minutos. Con la sentencia ganada por el concejal de Ciudadanos, cobraría 200 euros por este tiempo, lo que saldría a 10 euros el minuto. No solo eso, sino que percibiría una cantidad superior a la de algunos concejales con responsabilidad de gobierno, que no solo van a las comisiones, sino que pasan días en el ayuntamiento».
Para IU este es un «buen ejemplo de la “nueva política” y la “regeneración democrática” que venía a traer el partido naranja». En la sentencia emitida por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Oviedo se anula la limitación aprobada por el pleno sobre el máximo de 100 euros por concejal y día independientemente del número de comisiones a las que asista. El juez se basa en que esta limitación atenta contra la Ley de Bases de Régimen Local y aunque entiende que es el pleno quien debe establecer las cuantías a cobrar «supone en el fondo una prohibición de percepción de las cantidades correspondientes por asistencia. Lo que provoca en la práctica es que no se perciba nada a partir de la tercera asistencia, ya que el importe está fijado en 50 euros. De esta forma se suprime el derecho reconocido en el artículo 75 de la LBRL.»
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Mi humilde opinión es que cada Concejal debe de cobrar religiosamente por el trabajo que desempeña y por las Comisiones a las que acuden.
No tiene porque realizar el mismo trabajo que sus compañeros y cobrar menos que ellos.
Entiendo que a Izquierda Unida le sentara esta sentencia como un jarro de agua fría , dada su Politica Dictatorial .
La ley es la Ley y no les queda mas remedio que acatarla, les guste o no les guste .
Porque el Sr. Alcalde no se aplica los varemos de otros Concejos con el mismo censo que tiene Grado, que perciben menos Salario.
Vemos la paja en el ojo ajeno y no la vemos en el nuestro propio.
Grado cada vez esta mas abandonado y mas sucio.
Y miren el sueldo desorbitado que cobra el Alcalde.
Y todavía tienen la poca MORAL de criticar la actuación de los demás y de tratar de confundir a la población.
Animo Jose Ramon que note llegan a la altura de los zapatos.