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Un año de cárcel para el jubilado que mató a otro en la residencia de Belmonte de un bastonazo

El hombre, de 82 años en el momento de los hechos, agredió a otro residente que murió horas después por una hemorragia, ya que estaba en tratamiento con anticoagulante

Residencia de mayores de Belmonte de Miranda, donde ocurrieron los hechos

Redacción/ Grau

El vecino de Belmonte de Miranda que en 2020 mató a otro de un bastonazo en la residencia de mayores de Belmonte de Miranda ha sido condenado a un año de cárcel, y al pago de una indemnización de 18.000 euros al hermano de la víctima. El acusado, que tenía 82 años cuando ocurrieron los hechos, aceptó ayer las acusaciones que le atribuían la Fiscalía del Principado de Asturias y la acusación particular y, de acuerdo con todas las partes, aceptó la condena.

Según relata la Fiscalía, «sobre las 17:45 horas del 29 de abril de 2020, el acusado, de 82 años, y la víctima, que vivían en la residencia de mayores en Belmonte de Miranda, comenzaron a discutir por motivos que no constan cuando se encontraban dentro de las instalaciones de la residencia, en una zona próxima al río y al campo de fútbol. En el transcurso de la discusión, el acusado golpeó a su compañero con un bastón de madera, alcanzándole en la zona parietal derecha, así como en la mano derecha y en el costado izquierdo». La víctima sufrió una herida en la cabeza y otra en la mano, y recibió puntos de sutura. Como estaba a tratamiento con un anticoagulante, por la noche, cuando ya estaba en su habitación, sufrió una hemorragia cerebral postraumática, que dio lugar a que perdiese el conocimiento entre las 22:15 y las 23:30 horas del mismo día 29 de abril de 2020. Advertido este hecho, fue trasladado al Hospital Universitario Central de Asturias, donde falleció el 6 de mayo de 2020 a consecuencia de la hemorragia cerebral. El estado patológico anterior y el tratamiento con anticoagulantes actuaron como elemento favorecedor o agravador para que la hemorragia en cuestión se produjese o tuviese consecuencias mortales; sin esta causa previa, muy probablemente las consecuencias de la agresión habrían sido de menor entidad, destaca la Fiscalía.

Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito de lesiones de los artículos 147.1 y 148.1.º en concurso ideal con un delito de homicidio por imprudencia grave del artículo 142.1, todos del Código Penal. Concurre la atenuante de reparación del daño. Tras reconocer los hechos, el acusado aceptó una condena de un año de prisión de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Abono de las costas al acusado.  En concepto de responsabilidad civil, el acusado indemnizará al hermano del fallecido con 18.000 euros, de los que ya ha pagado una parte. Esta cantidad se ha reducido con respecto a la que correspondería debido a la concurrencia, como concausa del fallecimiento, del estado patológico previo del fallecido y del tratamiento anticoagulante que recibía.

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