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Somiedo (y Asturias) pierden casi 700 hectáreas en favor de León

El Ayuntamiento somedano baraja presentar un recurso ante el Tribunal Supremo, tras una sentencia de la Audiencia Nacional que da pastos comunales del Puerto al municipio leonés de Cabrillanes

Los terrenos en litigio, entre Cabrillanes y Somiedo

L. S. Naveros/ Grau

Somiedo (y con Somiedo, Asturias) perderá 670 hectáreas de terrenos en favor de León, según ha dictado la Audiencia Nacional en una sentencia que da la razón al municipio leonés de Cabrillanes. El varapalo judicial ha caído como un jarro de agua fría en el Ayuntamiento somedano, cuyo alcalde, Belarmino Fernández Fervienza, baraja la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. El pleito se remonta a 2019, cuando el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública dió la razón al municipio leonés de Cabrillanes sobre el deslinde de estos terrenos, una decisión que fue recurrida ante la Audiencia Nacional tanto por el Ayuntamiento como por el Principado de Asturias. Ahora, la sentencia da de nuevo la razón a Cabrillanes, lo que supondrá la pérdida de los pastos y el cambio en la delimitación de dos comunidades autónomas, Asturias y León.

«Vamos a seguir peleando, creemos que no se han valorado adecuadamente nuestros argumentos. Se trata de 674 hectáreas de pastos del Puerto de Somiedo, son propiedad, en mano común, de ganaderos del concejo de Somiedo, hectáreas que reciben subvenciones de la PAC y cuya pérdida tendrá repercusiones económicas. Estamos valorando acudir al Supremo con un recurso de Casación, y pediremos que el Principado tome la misma medida», señala el alcalde, que sigue defendiendo que Somiedo tiene argumentos de sobra para reivindicar «que no se delimite lo ya delimitado desde tiempo inmemorial, la frontera entre Asturias y León». Los argumentos del Ayuntamiento somedano parten de que cuando en el siglo XVIII se aprobó el deslinde que ahora se quiere poner en vigor, el representante de Somiedo no firmó. «No sabía firmar y no lo hizo, y tampoco firmó nadie en su nombre. El fallo judicial entiende que esa falta de firma en la Ejecutoria expresa la conformidad del representante de Somiedo, pese a que no expresa ese acuerdo en forma alguna. Hubo después en el siglo XIX y XX un acuerdo con los límites que se ha reflejado en todos los documentos oficiales, no entendemos que lo ya delimitado, además entre comunidades autónomas, deba volverse a delimitar», añade el alcalde. El regidor defiende también que las modificaciones fronterizas entre comunidades autónomas «sólo pueden cambiarse en Cortes a través de ley orgánica», unos argumentos que quiere defender en la última instancia que le queda a Somiedo frente a Cabrillanes, el Tribunal Supremo.

Cabrillanes, al que da la razón la Audiencia Nacional, se apoya en el acta de la Real Ejecutoria de 1788, firmada por Carlos III, mientras que Somiedo se acoge a dos actas de 1932 y 1882., además de reivindicar que en en la Ejecutoria no hay ningún documento que esté firmado por las comarcas de Babia, Laciana y Somiedo, ya que falta la firma del representante somedano.

La sentencia de la Audiencia Nacional puede consultarse a continuación:

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