Le imputa un delito de intento de asesinato, con el agravante de parentesco y de agresión por motivos de género, y el juicio se celebra mañana

Redacción/ Grau
La Fiscalía del Principado de Asturias solicita 14 años y 10 meses de prisión, inhabilitación absoluta, alejamiento y libertad vigilada para un procesado por intentar asesinar a su mujer en Grado en junio de 2024. La vista oral está señalada mañana viernes en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo, a las 10,00 horas.
El procesado, nacido en 1963 estaba casado con la víctima, y ambos tenían un hijo, nacido en 1986, con el que residían en Grado. Según relata la Fiscalía, la mujer le había comunicado su decisión de divorciarse, hecho que el procesado no aceptaba y sospechaba que podía deberse a la existencia de una tercera persona.
El Ministerio Fiscal sostiene que, el 7 de junio de 2024, el procesado esperó a que su hijo se fuera a trabajar, en torno a las siete de la mañana, para entrar en la habitación matrimonial, donde dormía su esposa, a la que despertó dándole un puñetazo en el oído al tiempo que le pedía que le desbloqueara el teléfono móvil. Se inició entonces una discusión entre ambos, en el curso de la cual el procesado decidió acabar con la vida de la mujer.
Así, el hombre se dirigió a la cocina, cogió un cuchillo de unos 12,5 centímetros de hoja y regresó a la habitación. Sin ofrecer a la víctima ninguna posibilidad de defensa, se acercó a ella asestándole varias puñaladas en el pecho, arrinconándola entre la pared y la cama. Allí continuó apuñalándola en diferentes partes del cuerpo, mientras ella gritaba pidiendo auxilio.
El procesado, creyéndola muerta, salió de la habitación, momento en el que la mujer aprovechó para intentar llegar al baño y encerrarse en su interior, cosa que no consiguió, ya que se desplomó en el suelo debido a la gran cantidad de sangre que estaba perdiendo. El procesado, alertado por el ruido del cuerpo al caer, regresó y le asestó una nueva cuchillada en el suelo mientras le decía: “Sigues viva, hija de puta”.
La mujer se hizo la muerta, taponándose como pudo la herida del pecho con una toalla, y permaneció inmóvil hasta que fue auxiliada por los agentes de Policía que acudieron al domicilio, alertados por los vecinos.
El procesado, que en algún momento había cerrado con pestillo la puerta de la casa, se tomó después de los hechos una cantidad indeterminada de tranquilizantes.
Las heridas sufridas por la mujer hubieran supuesto un riesgo cierto e inminente para su vida de no haber recibido atención médica.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Grado decretó a petición de la Fiscalía del Principado de Asturias el ingreso en prisión provisional comunicada y sin fianza del procesado, al que impuso igualmente la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros a la víctima, a su domicilio y cualquier lugar que ella frecuente, así como de comunicarse con ella por cualquier medio hasta la finalización del procedimiento mediante sentencia firme.
La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de asesinato en grado de tentativa del artículo 139.1.1ª del Código Penal, en relación con los artículos 16 y 62. Concurre la circunstancia mixta de parentesco como agravante y la circunstancia agravante de haber actuado por motivo de género.
Y solicita que se condene al procesado a 14 años y 10 meses de prisión, con inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena; prohibición de aproximarse a menos de 500 metros a la víctima, a su domicilio, su trabajo o cualquier lugar que frecuente, aunque no se encuentre en él, así como de comunicarse con ella por cualquier medio, todo ello por un periodo de tiempo superior en 8 años al de la pena de prisión que se imponga en sentencia; y la medida de libertad vigilada durante 8 años.
También pide abono de las costas. En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el procesado indemnice a la víctima con la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por las lesiones, secuelas si las tuviera (aún no se ha determinado) y daños morales; y al Sespa, por los gastos médicos ocasionados. Todo ello, más los intereses legales correspondientes.
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