Publicado el: 01 Ago 2024

Asturias paraliza los parques de baterías en suelos no urbanizables

El consejero de Ordenación del Territorio, Ovidio Zapico, anuncia un decreto urgente para declarar los almacenes eléctricos incompatibles con los núcleos rurales

Un momento de la reunión celebrada ayer

Redacción /Grau

El consejero de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, Ovidio Zapico, ha anunciado el inicio del trámite para la suspensión de autorizaciones urbanísticas relativas a la instalación de almacenes de baterías en suelos no urbanizable, tras haber sido acordado ayer por la Comisión Permanente de la CUOTA.

Zapico ha realizado este anuncio durante una reunión en Ques (Piloña) con vecinos de la zona y de otros concejos en los que había empresas interesadas en instalar este tipo de infraestructuras. Al encuentro también han asistido el alcalde de Piloña, Iván Allende, y el director general de Ordenación de Territorio, Ignacio Ruiz Latierro.

El consejero ha añadido que esta suspensión se recogerá en un decreto, que se está elaborando por trámite de urgencia, que contemplará la modificación del Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Asturias (ROTU) para incorporar además de esta paralización, un nuevo epígrafe en el que se declararán incompatibles los usos de estas baterías en los núcleos rurales.

Zapico ha señalado que con estas medidas y hasta la aprobación definitiva de unas directrices sectoriales “damos tranquilidad al mundo rural” y ha insistido en que “la transición energética tiene que ser justa con los territorios, con las personas, con los trabajadores, y por eso debe hacerse de forma ordenada, pautada y pactada”.

En este sentido, el consejero ha incidido en la necesidad de contar con una empresa pública nacional de energía “ya que se trata de una sector estratégica que además de otras cuestiones, podría desarrollar este tipo de instalaciones para evitar la especulación”.

Por su parte, Ruiz Latierro ha explicado que la CUOTA ha aprobado emitir una instrucción a los ayuntamientos “ya que muchos de ellos nos habían manifestado sus dudas en lo referente a la tramitación de estas infraestructuras”, en la que se establece que esta tramitación debe hacerse mediante un estudio de implantación “lo que da un amplio margen de maniobra a los ayuntamientos”.

El director general ha señalado que los criterios aprobados por la CUOTA para la implantación de estos parques de baterías, los denominados “stand alone” cuyas potencias de almacenamiento superen los 3 MW y no se limiten al autoconsumo, señalan que al tratarse de instalaciones asimilables a las de uso industrial, los suelos más adecuados y prioritarios para su implantación serán los suelos urbanos o urbanizables, en los que ya estuvieran previstos en los planeamientos o fueron preexistentes, los usos industriales, extractivos o energéticos.

En lo que respecta a los suelos no urbanizables, Ruiz Latierro ha puntualizado que de la suspensión mencionada se excluyen aquellos suelos que sean o hayan sido industriales, mineros o energéticos, con el objetivo de poner en valor unos suelos que en la actualidad se encuentran mayoritariamente abandonados y degradados.

El Principado definirá las ubicaciones aptas para los almacenes

Por otra parte, Ruiz Latierro ha explicado que durante la fase de suspensión de las autorizaciones urbanísticas, el Principado acometerá los estudios para determinar las zonas aptas para la instalación de parques de almacenamiento energéticos y que preceptivamente tendrán sus correspondientes trámites de información pública.

En este sentido, ha enumerado los siguientes criterios de referencia: mantener una distancia de mil metros a entidades de población delimitadas como núcleos rurales; mantener una distancia de quinientos metros a edificaciones de uso exclusivamente ganadero, a las viviendas aisladas vinculadas al uso anterior u a otros usos característicos del medio rural; así como a las masas arbóreas de especies autóctonas que tengan una fracción de cabida superior al 50%.

Asimismo, quedarían excluidos para la instalación de estos parques los suelos calificados como de especial protección.

Por ultimo, se señala que tanto las tramitaciones ambientales como las licencias deben recoger las medidas correctoras adecuadas para los posibles riesgos de incendio que se pudieran generar.

 

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