Publicado el: 05 Nov 2015

La fiscalía pide 8 años de inhabilitación para Mino Álvarez

Se acusa al exalcalde de un delito de prevaricación por favorecer presuntamente a su hija

Belarmino Álvarez, hoy ante la colegiata de Teverga

Belarmino Álvarez ante la colegiata de Teverga

La Fiscalía del Principado de Asturias solicita 8 años de inhabilitación especial para el cargo de alcalde o de concejal para un ex alcalde de Teverga, Belarmino Álvarez, al que acusa de un delito de prevaricación del artículo 404 del Código Penal. La vista oral se celebrará en el Juzgado de lo Penal número 1 de Oviedo el 18 de octubre de 2016.

El Ministerio Fiscal sostiene que el acusado, en su condición de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Teverga, y con la intención de favorecer a su hija a fin de que ésta se beneficiara obteniendo una beca para la realización de prácticas no laborales durante seis meses en el Ayuntamiento, con compromiso de posterior contratación laboral durante otros seis meses, dictó unas resoluciones, restringiendo injustificadamente las posibilidades de acceso de otros posibles candidatos a la beca y el contrato en cuestión.

En una nota difundida hoy por la Fiscalía, señalan que: «contraviniendo los principios de igualdad y publicidad en el acceso a un empleo público, dictó una resolución el 26 de agosto de 2013 aprobando las bases reguladoras del proceso selectivo para la provisión de becas y contratos del programa de primera experiencia profesional-prácticas profesionales no laborales de jóvenes titulados con compromiso de contratación, en cuyo apartado 2 estableció: La selección se realizará por medio del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, que remitirá los candidatos disponibles en la Oficina de Empleo de Teverga para los perfiles ocupacionales demandados. De esta forma, se suscitaba la posibilidad de considerar que el proceso selectivo se restringía a los inscritos en esa Oficina de Empleo».

Con posterioridad, -añade la nota de prensa-  «sin justificación ni motivación suficiente, dictó una resolución el 10 de septiembre de 2013 acordando solicitar al Servicio Público de Empleo un ingeniero técnico con la especialidad en Forestal, que era precisamente el título del que disponía su hija».

Prosiguen señalando que iIniciada la selección, «solo concurrió una candidata, su hija, que el 25 de septiembre de 2013 resultó propuesta por la Comisión constituida a tal fin, de modo que el mismo día 25 de septiembre de 2013 el Ayuntamiento de Teverga y la mujer suscribieron un acuerdo para el desarrollo de prácticas no laborales durante seis meses, percibiendo la joven una beca mensual de 426 euros. Posteriormente, el 31 de marzo de 2014, ambas partes firmaron un contrato de trabajo en prácticas durante otros seis meses».

Las mencionadas resoluciones de 26 de agosto de 2013 y de 10 de septiembre de 2013, junto con otras a las que no se refiere este escrito, fueron impugnadas ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa por el sindicato CCOO de Asturias, dando lugar al Procedimiento Abreviado …/… del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Oviedo. En dicho procedimiento recayó sentencia de 21 de mayo de 2014, por la que se declaró «la disconformidad a Derecho de los actos administrativos impugnados y su nulidad, acordando al propio tiempo remitir testimonio de la sentencia y copia del expediente administrativo al Ministerio Fiscal para que, en su caso, ejercitase las acciones penales que se estimara fueran procedentes». Esta sentencia fue confirmada íntegramente en apelación por otra de 22 de diciembre de 2014 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de prevaricación del artículo 404 del Código Penal y solicita que se condene al acusado a 8 años de inhabilitación especial para el cargo de alcalde o concejal, junto con el abono de las costas procesales.

Deje su comentario

La Voz del Trubia