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El juez paraliza los ajustes laborales en el ayuntamiento de Santo Adriano

Inicio Santo Adriano El juez paraliza los ajustes laborales en el ayuntamiento de Santo Adriano
aytosantoadrianoUna sentencia firme anula la rebaja de sueldo y horario de una empleada municipal
El alcalde, en su afán de sanear la economía consistorial, intentó sin éxito recortar los salarios de dos empleados, que acudieron a los tribunales

F. Romero / Santo Adriano

El juzgado de lo Social número 6 de Oviedo ha anulado la rebaja de horario y sueldo (hasta en un 80%) de una de las empleadas municipales del Ayuntamiento. El alcalde, Jesús Muñiz (PSOE), intentó también reducir el sueldo de otra empleada, aunque en este caso el primer edil rectificó antes de llegar a juicio y le mantuvo las condiciones que tenía antes de su plan de ajustes. Muñiz llevó a cabo estas medidas el pasado verano en su afán por sanear la deuda municipal y al entender que la plantilla municipal de siete empleados para un concejo de 256 habitantes es desproporcionada. El Ayuntamiento tiene una plantilla de seis empleados (personal laboral) y un funcionario (secretaria-interventora)

La sentencia es firme y obliga al primer edil a reponer a la demandante en las condiciones de trabajo que tenía y al abono de las cantidades dejadas de percibir desde que aplicó el ajuste.

El alcalde envió sendas cartas a dos empleadas municipales en las que les informaba que «las circunstancias actuales económicas del Ayuntamiento y la necesidad de adecuar su puesto de trabajo a las mismas obligan a proceder a una novación de su contrato laboral, modificando sus condiciones de trabajo». En el caso de la empleada que recurrió y ganó el juicio se le pretendía reducir su jornada y salario en un 80%. Para el juez la medida es «desproporcionada, por cuanto el límite máximo de reducción de jornada que contempla el artículo 47 del Estatuto de Trabajadores es de un 70% en la inteligencia de que una reducción superior lo que determinaría sería un despido por causas objetivas, mientras que la reducción aquí operada alcanza el 80%».

En la carta citada el alcalde argumentaba que había disminuido casi en un 90% el importe de la subvención que anualmente concede el servicio Público de Empleo del Principado para Técnicos de Empleo y Desarrollo Local. También este fundamento es cuestionado por el juez que dice que «la subvención desde el año 2013, fecha del último contrato, no ha sufrido variación a la baja alguna, más bien al contrario».

En el caso de la otra trabajadora, el alcalde retiró la medida antes de que llegara a juicio. Con fecha 9 de septiembre le envió un escrito en el que rectificaba y decía que su propuesta de reducción de salario quedaba sin efecto, reponiéndole en sus anteriores condiciones de trabajo.

 

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