El Ayuntamiento de Las Regueras apuesta por un radar para controlar la velocidad en Valduno

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El Consistorio hace público un informe técnico que concluye que la normativa no permite colocar bandas reductoras, como reclaman los vecinos tras el atropello mortal de un perro

Tramo conflictivo que atraviesa Valduno

Redacción/Grado

El Ayuntamiento de Las Regueras considera que la manera más efectiva de evitar que se superen los límites de velocidad en la carretera local de Valduno es colocar un radar, ya que las bandas reductoras que reclaman los vecinos chocan con la normativa de Carreteras. Según un comunicado de prensa hecho público hoy, «ante la inquietud y preocupación causada por los últimos hechos ocurridos en la carretera local,  Santullano-Valduno, debido al atropello de un perro», el Ayuntamiento destaca que los criterios de implantación de este tipo de medidas de control de la velocidad no permiten colocarlos en el tramo, de lo que ya se ha informado a los residentes.

En este sentido, hacen público un informe técnico que dice textualmente que la implantación de estas medidas «vienen condicionados por el artículo 3.2 del documento que analiza la Orden FOM/3053/2008 de 23 de septiembre  (BOE 29-10-2008), según dictamen publicado por la Unión de los Arquitectos de las Administraciones Públicas de España.

3.2. Criterios de implantación.

3.2.2. Limitaciones.- No podrán instalarse Reductores de Velocidad salvo justificación técnica en los siguientes casos:

3.2.2 Limitaciones.–No podrán instalarse Reductores de Velocidad salvo justificación técnica en los siguientes casos:

En los tramos de la red que no tengan consideración de travesía. A estos efectos, podrán considerarse como travesías aquellos tramos cuyo régimen de circulación, tráfico y usos sean similares al de éstas (por ejemplo, proximidades de rotondas en entornos periurbanos de las carreteras denominadas ≪vía parque≫, rondas urbanas, penetraciones urbanas, etc.), y su velocidad sea inferior a 50 km/h.

En los primeros 50 metros del comienzo de la travesía, cuando no exista ≪puerta de entrada≫ (sección en la que se garantiza una velocidad moderada). En travesías cuya longitud sea inferior a 200 m. En puntos donde la V85 supere los 60 km/h.

En los puentes o túneles u otras obras de fábrica singulares, y en los 25 m anteriores o posteriores.

En los tramos de travesías con pendiente superior al 5 por ciento.

En los tramos de travesías en que existan mas de 2 carriles de circulación, salvo que exista mediana no franqueable de separación de sentidos.

En tramos de travesías con IMD superior a 5.000 vh, o una intensidad horaria punta superior a 300 vh.

En tramos de travesía con una IMD de vehículos pesados superior a 300 vh.

En las proximidades de las intersecciones no se colocarán Reductores de Velocidad del tipo ≪lomo de asno≫ para evitar que los peatones puedan confundirlos con pasos peatonales. En este caso sólo pueden ser utilizados los Reductores de Velocidad de tipo trapezoidal, siempre que existan pasos de peatones”.

Y concluye que «por lo tanto, Valduno no siendo suelo urbano, según la Ley de carreteras no tiene la consideración de travesía. Además, teniendo en cuenta las intersecciones próximas y la pendiente de la vía de salida, no existe justificación técnica para recomendar este tipo de elemento para reducir la velocidad de los vehículos a su paso por Valduno».

El Ayuntamiento considera que «la medida más adecuada para conseguir la reducción de la velocidad de los vehículos a su paso por esta localidad es la instalación de un radar de velocidad».

La situación del tramo de carretera que atraviesa Valduno salió a la luz a raíz de que un perro se escapara para ir al encuentro de su dueña, momento en el que fue atropellado por un coche que bajaba, que lo arrastró varios metros. pese a que sus propietarios intentaron salvarlo llevándolo al veterinario, murió a consecuencia del impacto.

 

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