Publicado el: 25 Mar 2021

Un viaje en taxi de 17 euros lleva al alcalde de Somiedo al banquillo

Belarmino Fernández Fervienza se enfrentará en la Audiencia a un juicio penal por prevaricación por no sancionar al taxista y por aludir a las tarifas regionales como «municipios de montaña»

«Me piden tres años de cárcel y 16 de inhabilitación, la verdad es que me parece inaudito», sostiene el regidor somedano

Belarmino Fernández Fervienza, en la Audiencia, en otro procedimiento anterior en el que fue exculpado.

Redacción/Grado

Un viaje en taxi entre Pola de Somiedo y Valle del Lago, con un coste de 17 euros que a un vecino le pareció desorbitado, sentará en el banquillo de los acusados al alcalde de Somiedo, Belarmino Fernández Fervienza. El alcalde está acusado de presunta prevaricación por no sancionar al taxista, y por aludir a las tarifas regionales que se aplican en el municipio como precios de «municipios de montaña», cuando son precios de desplazamientos interurbanos. «Me parece inaudito que una cosa así haya llegado a juicio, cuando el afectado no presentó reclamación al taxista y ni tan siquiera pidió factura. Le cobraron los 17 euros y lo que hizo fue pedir al Ayuntamiento las tarifas. Le informamos de que no teníamos tarifas de taxi, tenemos la ordenanza, y las que se aplican son las del decreto del Principado. En el escrito puse que se trataba de tarifas de municipios de montaña, y por eso me acusan de falsedad. Son las tarifas interurbanas, a tanto por kilómetro, establecidas en el decreto regional. También me acusan de prevaricación por no sancionar al taxista, cuando no se aportó ni factura». A Fernánez Fervienza le parece «increíble» afrontar una petición de tres años de cárcel y diez de inhabilitación. «Puse municipio de montaña, porque lo es: tiene 17 pueblos por encima de los mil metros. El recorrido en cuestión es de 20 kilómetros, y el ciudadano no aclaró si lo hizo de día, de noche, en festivo, en laborable…», razona el alcalde. El juicio está fijado en la Audiencia Provincial de Oviedo para el 6 de abril.

La Fiscalía considera que el regidor somedano cometió un «delito continuado de prevaricación», y no entra en el caso concreto que llevó al vecino a presentar la reclamación, si no a cómo se gestionó el derecho del ciudadano a la información. El Ministerio Fiscal sostiene que, el 2 de junio de 2016, un usuario delservicio de taxi en Somiedo, y con el fin de conocer las tarifas aplicables, «remitió un correo al Ayuntamiento solicitando la dirección URL donde constasen las tarifas, dado que en la página web municipal figuraba solo la ordenanza municipal de auto-taxi pero no la tabla de tarifas. El 6 de junio reiteró la solicitud presentándola en el registro telemático municipal e insistió de nuevo el 23 de junio. En 3 de agosto, el acusado, alcalde de Somiedo, respondió a las solicitudes, indicando que no se había establecido un régimen de tarifas».

El Ministerio Fiscal destaca que la ordenanza municipal estableced que debe haber unas tarifas aprobadas por el Ayuntamiento, y que «al no haberse aprobado las tarifas por parte del Ayuntamiento, era aplicable la normativa autonómica, en concreto, los decretos del Principado de Asturias». «El acusado, en su condición de alcalde-presidente, atendiendo a su mera voluntad personal, hizo caso omiso, sin justificación legal alguna, del derecho de información pública» que tenía el vecino, sostiene el Fiscal, que considera que «además, con la finalidad de evitar dictar una resolución sancionatoria, no dio curso ni efectuó tramitación alguna de la denuncia» presentada por el usuario.

La Fiscalía considera además que la alusión a las tarifas de municipios de montaña «no respondía a la realidad por cuanto, si bien era cierto que al no haberse aprobado las tarifas por parte del Ayuntamiento era aplicable la normativa autonómica, de acuerdo con esta, no existía ninguna norma que permitiera el incremento de los precios máximos fijados para el transporte interurbano de taxi en el Principado de Asturias en el caso de que el recorrido fuera de alta montaña, tal y como había indicado el acusado».

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