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Condenado un hombre de 72 años por abuso sexual a una niña de 7 años en San Claudio

El hombre, que está cumpliendo condena por otro delito similar, reconoció los hechos y aceptó dos años de prisión y el pago de una indemnización de 2.000 euros a la pequeña, que es ahijada de su hijo y a la que realizó tocamientos

Palacio de Justicia de Oviedo, donde esta mañana se alcanzó la condena por conformidad

Redacción/Trubia

Un hombre de 72 años ha aceptado una condena de dos años de prisión, alejamiento, libertad vigilada e inhabilitación para desempeñar cualquier actividad con menores, tras reconocer que realizó tocamientos a una niña de 7 años, ahijada de su hijo, en una finca en San Claudio. El reconocimiento de estos hechos, que le atribuían la Fiscalía del Principado de Asturias y la acusación particular, tuvo
lugar esta mañana en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo. El acusado se encuentra actualmente cumpliendo otra condena por abuso sexual a otra menor, familiar suyo.

Los hecho sucedieron cuando la menor y su madre fueron a pasar el fin de semana a San Claudio, en julio de 2019. En la casa estaban los propietarios, padrinos de la pequeña, sus hijos y el padre de él, el ahora acusado. El domingo 7 de julio sobre las cinco de la tarde, el acusado se
dirigió al gallinero, situado detrás de la casa. Le acompañaba la niña, que habitualmente bajaba a ver las aves en compañía de sus parientes.
Esta circunstancia fue aprovechada por el acusado que, en un momento dado, realizó tocamientos a la menor, por debajo de la ropa interior. Cuando la niña regresó al lugar en el que se encontraban los mayores, ante su repentino cambio de humor, la actitud triste y llorosa, interrogada por su madre, le contó lo sucedido.

La menor no precisó atención médica ni psicológica y no le restan secuelas, señala la Fiscalía. Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito de abusos sexuales. Tras reconocer los hechos, el acusado admitió una condena de 2 años de prisión; inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante e tiempo de la condena; prohibición de aproximarse a la menor, a su domicilio, lugar de estudios, esparcimiento o cualesquiera otros frecuentados por ella a menos de 300 metros, así como de comunicar con la misma por cualquier medio o procedimiento durante 4 años; inhabilitación especial para cualquier profesión, cargo u oficio que conlleve contacto con menores de edad durante 5 años; y la medida de libertad vigilada durante 5 años. Se impondrán al acusado las costas del juicio. El acusado indemnizará a la menor con 2.000 euros.

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