El documento que regula los inmuebles protegidos del concejo abre el abanico de usos autorizados, tras el caso del gastrobar Trastevere, y aclara algunos artículos confusos que daban pie a interpretaciones «a veces contradictorias», señala la concejala de Urbanismo, Cristina Coalla

Redacción/ Grau
El Ayuntamiento de Grado ha culminado la modificación parcial de su Catálogo Urbanístico, el documento que recoge todos los elementos protegidos del concejo, así como su grado de protección. El cambio de la normativa urbanística fue aprobado en el Pleno ordinario de este mes, y salió adelante con los votos de IU y PSOE y la abstención del PP. «El actual Catálogo Urbanístico de Grado se aprobó en marzo de 2011 y desde entonces, se han producido no sólo cambios legislativos importantes como la derogación del reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas por la nueva ley de calidad ambiental del Principado de Asturias, sino que también ha habido distintas interpretaciones (contrarias entre sí) del contenido de las normas que integran el catálogo. Estas dos circunstancias ya evidencian, por sí solas, la necesidad de una modificación del mismo», destaca la concejala de Urbanismo, Cristina Coalla. Un caso concreto que puso sobre el tapete la necesidad de abordar esta modificación fue el cierre por orden judicial del gastrobar Trastévere, tras una denuncia vecinal. Y es precisamente el uso de los edificios protegidos lo que se ha modificado en la normativa moscona, «Se han modificado los artículos respecto al régimen de usos y actuaciones sobre elementos con protección integral, parcial y, en su caso, ambiental. En concreto, los artículos del 21 al 28. del 37 al 39. 41, del 44 al 48 y 51. Esta modificación se hace teniendo en cuenta un criterio fundamental para este equipo de gobierno y es que consideramos que el hecho de que un inmueble tenga un determinado nivel de protección, especialmente los que tienen una protección parcial, no puede suponer el estar toda la vida sujeto a un único uso; primero porque el destino previsible de ese inmueble es el desuso y el abandono y; segundo, porque lastra el crecimiento y el desarrollo de un concejo cuando la normativa a aplicar resulta prohibitiva o especialmente restrictiva», añade Coalla.
Con la nueva redacción se flexibiliza el régimen de usos de los inmuebles, siempre teniendo en cuenta tanto la legislación en materia de patrimonio como los valores que han motivado su protección, se aclara la redacción sobre los usos permitidos y no permitidos en cada nivel de protección y, además, se establecen remisiones normativas concretas.
Otro de los aspectos que se han incluido en el nuevo documento es es la aclaración la definición de conceptos cuya interpretación era confusa porque «estaban recogidos de forma ambigua y daban problemas de interpretación a los técnicos». Estos conceptos, son, entre otros,el de rehabilitación, el de reestructuración y el de ampliación, así como la determinación de qué obras y actuaciones ampara cada uno de los términos.
Por último, se ha aprovechado la modificación para actualizar las fichas del catálogo, suprimiendo siete que se refieren a hórreos o paneras que han sido desmontados o han desaparecido, una supresión que se ha hecho con el visto bueno de Patrimonio.
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