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Acusan a un ganadero de Tineo de quintuplicar la dosis de fármacos a una res destinada al consumo humano

La Fiscalía le imputa un delito contra la salud pública y pide un año y seis meses de cárcel y cuatro de inhabilitación para ejercer el oficio

Juzgado de Instrucción de Tineo

Redacción/ Grau

La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena de un ganadero de Tineo acusado de suministrar a un animal destinado al consumo humano un fármaco en una cantidad casi cinco veces superior a la permitida por la UE, lo que supone un riesgo para la salud. El escrito de conclusiones provisionales del Ministerio Fiscal ha sido presentado en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Tineo.

Según detalla la Fiscalía, «el acusado era el encargado de la gestión de la explotación ganadera de la que era titular su esposa en el concejo de Tineo, dedicada a la cría y engorde de ganado». El Ministerio Fiscal sostiene que, en una fecha no determinada pero en todo caso con anterioridad al 14 de abril de 2023, el acusado, por sí mismo o a través de otra persona a petición suya, suministró a un bovino hembra flunixino, un antiinflamatorio no esteroideo. El 14 de abril de ese año encargó que el animal fuera entregado en el matadero de Noreña para su consumo humano y, en la documentación, aseguró que este no había sido objeto de ningún tratamiento en los últimos 30 días.

El mismo día 14, los servicios veterinarios oficiales de la Consejería de Salud del Principado tomaron una muestra por triplicado del músculo del animal, detectándose en el análisis la presencia de 99 microgramos por kilo de flunixino, cantidad que supera en casi cinco veces la permitida por la Unión Europea. El flunixino es una sustancia autorizada pero con un límite máximo de residuos de 20 microgramos por kilogramo en los tejidos diana (músculo, grasa, hígado y riñón). Por encima de esa cantidad, su consumo constituye un riesgo para la salud humana. En cualquier caso, no respetó el tiempo de espera establecido reglamentariamente.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito contra la salud pública del artículo 364.1º y 2º del Código Penal. Y solicita que se condene al acusado a 1 año y 6 meses de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; multa de 9 meses con una cuota diaria de 8 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago; e inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio, industria o comercio relacionado con los animales durante 4 años.

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