Los acusados, el propietario de la cabaña y un constructor, aceptaron los hechos y asumen el pago de un total de 10.800 euros de multa y penas de cárcel que suman tres años y medio

Redacción/ Grau
El propietario de una cabaña en Quirós, en el Parque de Las Ubiñas-La Mesa, y un constructor, reconocieron ayer los hechos y asumieron la condena por convertir una cuadra en vivienda, vulnerando la normativa urbanística y ambiental de protección del parque. Ambos han sido condenados a un total de 10.800 euros de multa (con ingreso en prisión por impago), y a condenas de cárcel que suman tres años y medio.
Según informa la Fiscalía, el 23 de noviembre de 2011, el dueño de la cuadra pidió al Ayuntamiento licencia de movimiento de tierras para hacer drenaje perimetral y evitar las filtraciones y humedades que se producían en una finca en Santa Marina, en la que existía una cuadra. La solicitud fue informada favorablemente por el Ayuntamiento, si bien, al encontrarse los terrenos dentro del ámbito del Parque de Las Ubiñas-La Mesa, se le informó que resultaba preceptivo el informe favorable de la dirección del Parque, que, al comprobar que se estaba ampliando la cabaña para convertirla en vivienda informó desfavorablemente, por lo que la licencia le fue denegada. Pese al rechazo de la licencia, el propietario niveló el terreno circundante, y construyó encofrados para ampliar la cabaña en los laterales y la parte de atrás, construyó una fosa séptica e hizo una captación de agua.
«Al haberse llevado a cabo las obras sin autorización, y además no resultar la misma posible conforme a la normativa en vigor, se procedió a incoar expediente sancionador. Por resolución de 13 de octubre de 2013 se le impuso la sanción pecuniaria de pago de una multa de 6.010,13 euros, así como la exigencia de la reparación de los daños causados, consistente en restauración del talud de desmonte creado mediante siembra de especies pratenses propias de la zona, eliminación de los encofrados realizados alrededor de la cabaña y eliminación de la captación de agua e infraestructura de saneamiento creada para la vivienda. Lejos de proceder conforme lo exigido, y con la finalidad de concluir la transformación de la antigua cabaña ganadera en vivienda de tipo residencial, el acusado 1 levantó un anexo lateral aumentado la volumetría, efectuó una construcción anexa de 8,85 metros cuadrados, incorporó una cámara frigorífica a modo de caseta con cubierta de teja, adosó a un lateral una pérgola de madera con techo de cañizo y realizó una acometida de instalación eléctrica, antena de televisión, fosa séptica, captación de agua y chimenea de pellets», detalla el fiscal. El constructor contratado para hacer las obras pidió en 2017 licencia para hormigonar el acceso, y además pavimentó el entorno de la cabaña.
«Las obras ejecutadas, al margen de las licencias concedidas, son ilegalizables, al encontrarse los terrenos, conforme las normas subsidiarias de planeamiento urbanístico del concejo de Quirós, calificados como Suelo de Especial Protección Forestal», señala la Fiscalía, que considera que tanto el constructor como el particular cometieron un delito continuado y permanente contra la ordenación del territorio,. El Juzgado de lo Penal número 1 de Oviedo condena tanto al constructor como a su empresa, y al dueño de la cuadra, con atenuantes por dilaciones indebidas y reparación del daño.
Al propietario, le impone una pena de 2 años de prisión (que puede eludir si carece de antecedentes penales), y multa de 18 meses con una cuota diaria de 8 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, lo que suma 4.320 euros de multa; e inhabilitación especial para la promoción o construcción durante 1 año y 6 meses, debiendo de restituir la parcela a su estado original o bien indemnizar al Ayuntamiento el importe del coste de restauración si lo hubiere llevado a cabo.
Al constructor se le impone una condena de 1 año y 6 meses de prisión (también eludible) con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; multa de 12 meses con una cuota diaria de 8 euros (un total de 2.880 euros) con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago; e inhabilitación especial para la promoción o construcción durante 1 año, debiendo de restituir la parcela a su estado original, o bien indemnizar al Ayuntamiento el importe del coste de restauración si lo hubiere llevado a cabo. Igual que en el caso anterior, la concreción de si esta restauración había sido llevada a cabo en su totalidad se realizará durante el trámite de ejecución de sentencia.
Y a la empresa constructora, la pena de multa de 1 año, con una cuota diaria de 10 euros, lo que suma 3.600 euros.
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