El funcionario reclamaba como parte de su salario un complemento de productividad en las pagas extra de 2020 a 2023

Redacción/ Grau
El Ayuntamiento de Teverga ha ganado el recurso contencioso administrativo planteado por el anterior secretario municipal, que reclamaba el abono del complemento de productividad en las nóminas extraordinarias de los años 2020, 2021, 2022 y 2023.
El demandante argumentaba que dicho complemento, percibido de manera regular, en realidad encubría un complemento específico vinculado a su puesto, lo que justificaría su pago como un derecho adquirido. Sin embargo, el Tribunal ha desestimado su pretensión, al considerar que el complemento de productividad es un concepto retributivo sujeto al rendimiento individual, sin que pueda considerarse fijo o periódico.
La sentencia subraya además que las retribuciones de los funcionarios públicos deben ajustarse al principio de legalidad y que el complemento de productividad no puede convertirse en un complemento específico, ya que esto viene reflejado en los Presupuestos y otras normas aplicables no pactadas de manera individual. Asimismo, establece que si dicho complemento no cumple con sus características propias con las que es conferido, su pago es indebido.
Por parte del Ayuntamiento de Teverga, desde el equipo de gobierno local (IU), defienden que “se estaba percibiendo una productividad que no le correspondía y que no había sido fijada ni durante este equipo de gobierno, ni por corporaciones anteriores y ha sido eliminada”.
Con esta resolución, el Ayuntamiento de Teverga suma otra sentencia favorable más frente a reclamaciones del personal municipal.
Según destacan desde fuentes municipales: “en lo que va de mandato, desde 2023, se han defendido hasta cuatro reclamaciones judiciales con trabajadores municipales, obteniendo en todas ellas un fallo favorable al Ayuntamiento de Teverga”.
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