Publicado el: 03 Nov 2020

Estos son los establecimientos que podrán abrir sus puertas

Mercadillos, librerías, peluquerías, talleres mecánicos o floristerías, entre las excepciones al decreto de cierre por la pandemia, publicado esta tarde en el Boletín Oficial del Principado y que se prolongará hasta el 18 de noviembre

El toque de queda se establece de diez de la noche a seis de la mañana

Adrián Barbón, presidente de Asturias/ Foto Armando Álvarez

Redacción/Grado

El Boletín Oficial del Principado de Asturias ha publicado esta tarde la resolución que cierra el comercio minorista en Asturias, dentro de las medidas para intentar frenar la expansión del coronavirus. El decreto enumera un buen número de excepciones de establecimientos comerciales que sí podrán abrir sus puertas. Son los establecimientos de «alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, centros, establecimientos y servicios sanitarios, servicios sociales y sociosanitarios, parafarmacia, centros o clínicas veterinarias, mercados ganaderos, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, servicios profesionales y financieros, prensa, librería y papelería, floristería, combustible, talleres mecánicos, servicios de reparación y material de construcción, ferreterías, estaciones de inspección técnica de vehículos, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por Internet, telefónico o correspondencia, servicios de entrega a domicilio, tintorerías, lavanderías y el ejercicio profesional de la actividad de peluquería y de centros de estética, así como estas mismas actividades de mercado desarrolladas en la vía pública al aire libre o de venta no sedentaria, comúnmente llamados mercadillos». La resolución cierra los centros comerciales, los establecimientos hosteleros y hoteleros (salvo los que se declaren indispensables para dar servicio al transporte de carretera o sean declaradas esenciales, por lo que esta última medida «queda demorada a la publicación de la Resolución de la titular de la Consejería de Cultura»), las empresas de turismo de aventura o de guías turísticos, y todos los espectáculos públicos, las salas de juegos de azar, los polideportivos y piscinas. Sí se podrán celebrar entrenamientos de deporte profesional. El cierre se decreta hasta la medianoche del 18 de noviembre, dentro de 15 días naturales. El decreto íntegro puede consultarse en este enlace.

Por otro lado, también se ha publicado el decreto que adelanta el toque de queda a las diez de la noche, hasta las seis de la mañana, de forma que sólo se podrá circular durante esas horas para «la) a adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad. b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios. c) Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia. d) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales. e) Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado. f) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables. g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad. h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada. i) Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.”

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