Redacción/ Grau
El Ayuntamiento de Teverga no deberá pagar el canon cinegético a las parroquias rurales, según una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que ha dado la razón al Consistorio, frente a la petición de la parroquia rural de Páramo. En una primera sentencia, el juzgado había apoyado la petición de la parroquia rural, resolviendo que el canon cinegético, que abona el Principado, debía ser ingresado por las parroquias rurales y no por el Ayuntamiento tevergano. El equipo de gobierno recurrió la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que en esta ocasión sí le ha dado la razón. «Estoy muy satisfecha con la sentencia, teníamos dos informes técnicos que avalaban que el canon cinegético corresponde a las arcas municipales, y el TSJA nos ha dado la razón frente a la parroquia de Páramo, pero entiendo que es un criterio que se mantendrá frente a las peticiones de las demás parroquias rurales, lo que supondrá unos 90.000 euros, una cantidad importante», señaló la alcaldesa, María Amor Álvarez Ardura. «Si consideran que es un canon que deben ingresar directamente las propias parroquias rurales, a quien tendrían que reclamar es al Principado, que es el que abona este canon», añadió Álvarez Ardura. La parroquia rural de Páramo ha decidido recurrir la sentencia en Casación ante el Tribunal Supremo.
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