Las Regueras permitirá instalaciones ganaderas en más del 80 por ciento del territorio

La evaluación ambiental de la modificación del PGO del concejo está en información pública hasta el 12 de diciembre

Una nave ganadera

Redacción / Grau

Las Regueras ha sacado a información pública el cambio en su Plan General de Ordenación para permitir la construcción o ampliación de naves ganaderas en suelos donde hasta ahora estas instalaciones están prohibidas. El cambio, cuya tramitación empezó hace ya meses y ha sido encargado a la empresa Bauschinger, está ya en la fase de información pública de su impacto ambiental, un plazo que finaliza el próximo 12 de diciembre.

La modificación flexibiliza las normas urbanísticas en suelos no urbanizables tipo 2 y 3, y en suelo no urbanizable de especial protección tipo 1, lo que en total suma 55,15 kilómetros cuadrados de terrenos, más del 83 por ciento de la superficie del concejo. Hasta ahora, estas instalaciones ganaderas sólo podían edificarse en suelos no urbanizables de interés agrario tipo 1, lo que había causado problemas a un sector que tiene gran importancia en el concejo.

«En efecto, en el suelo no urbanizable, el vigente PGO limita las edificaciones de nueva planta destinada a actividades agrarias, dentro del perímetro de los núcleos rurales, a una superficie máxima de 150 m2, Y, además, se prohíben estas actividades en aquellas zonas clasificadas como de Especial Protección o de Interés que no sean en los grados 1 y 2. Se da la circunstancia que la superficie del concejo clasificada como SNU de Interés Agrario Grado 1 (I1), donde se permite la construcción de edificaciones agrarias de carácter general, es muy escasa. Mientras que la superficie del concejo clasificada como SNU de Interés Agrario Grado 2 (I2) es muy extensa, pero tiene un régimen de usos excesivamente restrictivo que, lejos de potenciar las actividades agrarias, supone un impedimento para las mismas. En concreto, la calificación del suelo como I2 prohíbe la edificación de cualquier edificación, de cualquier tamaño, a excepción de aquellas situadas a menos de 25 m de edificaciones existentes o de los tendejones abiertos para cobijo de ganado en régimen extensivo», señala la Memoria del proyecto. El cambio afecta al régimen de usos de todos los terrenos calificados por el PGO como Suelo No Urbanizable de Interés Grado 2 y 3, y de Especial Protección Grado 1.

El proyecto completo está disponible para su consulta en este enlace.

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