Redacción/Grado
Los afectados por las riadas que hayan sufrido daños en su vivienda habitual, en sus enseres de primera necesidad, o las empresas y comunidades de propietarios que hayan sufrido daños no cubiertos por el seguro puede pedir ayudas al Estado, según la información difundida a través de los ayuntamientos afectados por la Delegación de Gobierno. El plazo para presentar las reclamaciones es de un mes desde la finalización de la situación de emergencia. Toda la información puede consultarse en la página web www.proteccioncivil.org, en este enlace.
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